Venera de la Cruz de la Orden de Carlos III |
La Real y Distinguida Orden Española de Carlos III fue establecida por el Rey de España Carlos III, mediante Real Cédula de 19 de septiembre de 1771 con el lema latino «Virtuti et merito», con la finalidad de condecorar a aquellas personas que se hubiesen destacado especialmente por sus buenas acciones en beneficio de España y la Corona. Desde su creación, es la más distinguida condecoración civil que puede ser otorgada en España. Aunque se encuentra dentro de la categoría de las Órdenes Militares desde su creación, formalmente se convirtió en orden civil en 1847.
Carlos III |
Las disposiciones de creación exigían dos requisitos: ser benemérito y afecto a Su Majestad. Se crearon dos clases: las «Grandes Cruces» y las «Pensionadas», siendo discrecional por el monarca su concesión, aunque autolimitó a sesenta las primeras y a doscientas las segundas. En 1783 se ampliaron las órdenes a tres, con la de «Caballeros Supernumerarios», cuya importancia se situaba entre las dos anteriores. En este momento se precisaron más las obligaciones y requisitos de los titulares: debían tener pureza y nobleza de sangre hasta sus bisabuelos, conforme regulaba el Fuero viejo de Castilla y las demás normas vigentes. Los recibidos en la Orden debían jurar fidelidad a la persona del Rey, a su familia, a la protección de los bienes de la Casa Real, reconocerle como Gran Maestre, vivir y morir en la fe católica, aceptando como indubitado el Misterio de la Inmaculada Concepción, y asistir al menos una vez al año a una misa completa y comulgar.
La Gran Cruz se reserva a quienes, habiendo cumplido servicios relevantes para España hubieran ostentado, entre otros, el cargo de Ministro, como es el caso de los últimos defenestrados; por lo tanto, nada que objetar al hecho cierto del ejercicio del cargo.
Sí suscita algunas dudas el condicionante de que además hayan cumplido servicios relevantes para España, aunque si por relevantes se estiman, por ejemplo, el papelón internacional de Moratinos durante su mandato, el arbitrio de la moda y la palabra de Fernández de La Vega, las coces al diccionario de Doña Bibiana o el mutis por el foro de los demás, estaremos de acuerdo en la relevancia de todo ello.
El problema real lo veo de venir, cuando los condecorados se lean las obligaciones de los miembros y miembras de la Real Orden, de vivir y morir en la fe católica, aceptando como indubitado el Misterio de la Inmaculada Concepción, y asistir al menos una vez al año a una misa completa y comulgar.
Banda de Caballero con la Gran Cruz de la Orden |
Las insignias de la Orden han variado a lo largo del tiempo, pero invariablemente han mantenido rasgos originales: banda de seda azul con cantos blancos, cruz de ocho puntas con la imagen de la Inmaculada Concepción, la leyenda «Virtuti et Merito» y la cifra del Rey fundador.
BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO 6 de Noviembre 2010
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Condecoraciones
* Real Decreto 1489/2010, de 5 de noviembre, por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a doña María Teresa Fernández de la Vega Sanz.
* Real Decreto 1490/2010, de 5 de noviembre, por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a don Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.
* Real Decreto 1491/2010, de 5 de noviembre, por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a don Celestino Corbacho Chaves.
* Real Decreto 1492/2010, de 5 de noviembre, por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a doña Elena Espinosa Mangana.
* Real Decreto 1493/2010, de 5 de noviembre, por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a doña Beatriz Corredor Sierra.
* Real Decreto 1494/2010, de 5 de noviembre, por el que se concede la Gran Cruz de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III a doña Bibiana Aído Almagro.
Si estos señores y señoras, de declarado y confeso laicismo, tuvieran un mínimo de coherencia y verguenza torera, aún aceptando protocolariamente la distinción por su mayor o menor acierto en el ejercicio del cargo, inmediatamente después y sin solución de continuidad, devolverían agradecidos el galardón o allí mismo habrían de hacer indubitada profesión de fe católica, aceptando el Misterio de la Inmaculada Concepción, cuya representación honra la condecoración en cuyo nombre se instituyó.
Fuentes: Wikipedia.org y BOE